Aquí os dejamos un resumen de una guía publicada por la Fundación Mapfre que creemos puede ser de interés para todos vosotros. Aprovechamos para recomendar que os paseis de vez en cuando por esta Web ya que nos esperan unos meses bastante activos por la negociación del convenio. Eskerrik asko.
GUÍA PARA TU JUBILACIÓN (PAIS VASCO Y NAVARRA)
– Cuándo me puedo jubilar
En España es necesario que hayas cotizado al menos durante 15 años y, de ellos, como mínimo deben incluirse 2 entre los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación. Desde el 1 de abril de 2013, la edad de jubilación ordinaria depende de los años que tengas y de las cotizaciones que hayas acumulado a lo largo de tu vida laboral. Un requisito fundamental es haber cumplido:
- 67 años (período transitorio, según la Tabla 1).
- 65 años, cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.
Pongamos un ejemplo :
Pedro nació el 1 de febrero de 1954 y comenzó a trabajar en 1984.Pedro cumplirá 65 años en 2019 y llevará cotizados 35 años. Según la Tabla 1, en 2019 y con 35 años cotizados, se podrá jubilar cuando tenga 65 años y 8 meses. Es decir, el 1 de octubre de 2019
– Cuándo podría jubilarme anticipadamente y en cuánto se reduciría mi pensión
Debemos distinguir dos situaciones:
1) cese no voluntario: cuando el cese en el trabajo sea por causas no imputables a tu voluntad.
Requisitos para cobrar pensión:
- Tener como máximo 4 años menos de la edad de jubilación ordinaria exigida (la que corresponda según la Tabla 1).
- Tener un periodo mínimo de cotización de 33 años.
- Estar inscrito en la oficina de empleo como demandante al menos los 6 meses anteriores a la jubilación anticipada.
- Que la extinción del contrato sea por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por muerte, jubilación o incapacidad del empresario, por concurso de la empresa, por fuerza mayor o en casos de víctimas de violencia de género.
cómo se reduciría mi pensión
Por cada trimestre de anticipo a la edad de jubilación ordinaria (Tabla 1), la cuantía de tu pensión se reduciría en el porcentaje indicado en la Tabla 2, dependiendo del periodo cotizado.
María tiene 61 años recién cumplidos. Quedó desempleada hace dos años como consecuencia de un despido colectivo por causas económicas y ha estado cobrando el paro hasta ahora, pero ya se le acaba. Tiene 35 años cotizados y su base reguladora es de 2.000 €.
En 2014 la edad de jubilación ordinaria para 35 años cotizados es de 65 años y 2 meses
Como uno de los requisitos para cobrar una pensión de jubilación es tener como máximo 4 años menos de la edad de jubilación exigida,María podría jubilarse a los 61 años y 2 meses. Por lo tanto, para poder jubilarse debería esperar 2 meses más. La reducción a aplicar se calcularía de la siguiente manera:
4 años de anticipo equivalen a 16 trimestres y por cada trimestre corresponde reducir un 1,875% (16 x 1,875%= 30%)
2.000 € de base reguladora – 30% de reducción = 1.400 € de pensión
2) cese voluntario: cuando accedes a la jubilación voluntariamente.
Requisitos para cobrar pensión:
- Tener como máximo 2 años menos de la edad de jubilación ordinaria exigida (la que corresponda, según Tabla 1).
- Tener un periodo mínimo de cotización de 35 años.
- El importe de la pensión a percibir debe ser superior a la cuantía de la pensión mínima que por su situación familiar correspondería al interesado al cumplimiento de los 65 años.
cómo se reducirá mi pensión
Por cada trimestre de anticipo a la edad de jubilación ordinaria (Tabla 1), la cuantía de tu pensión se reduciría en el porcentaje indicado en la Tabla 3, dependiendo del período cotizado:
Francisco tiene 63 años recién cumplidos. Tiene algunos problemas familiares y, si pudiera, le gustaría jubilarse. Lleva 42 años cotizados y su base reguladora es de 2.000 €.
En 2014 la edad de jubilación ordinaria para 42 años cotizados es de 65 años
Podría anticiparse 2 años, al tratarse de un cese voluntario; por tanto, podría jubilarse ya. La reducción a aplicar se calcularía de la siguiente manera:
2 años de anticipo equivalen a 8 trimestres y por cada trimestre corresponde reducir un 1,750% (8 x 1,750%= 14%)
2.000 € de base reguladora – 14% de reducción = 1.720 € de pensión
– Qué bases de cotización se tienen en cuenta para determinar mi pensión
La reforma iniciada en 2011 ha ampliado el período de cómputo de las bases de cotización de 15 a 25 años. El cambio se está realizando de forma gradual hasta el año 2022, según la Tabla 4, aumentando el número de años de cómputo.
– Cómo se revalorizará mi pensión en el futuro
Desde 2014 las pensiones no se revalorizan según el IPC. Su importe dependerá del índice de Revalorización de las Pensiones, establecido en función del crecimiento de ingresos del sistema, del número de pensiones contributivas, del incremento de las pensiones medias o de la diferencia entre ingresos y gastos, entre otros factores.
Este índice tiene un mínimo (un «suelo» del 0,25%) y un máximo (un «techo» del IPC + 0,5%). Es decir, anualmente las pensiones no podrán crecer por encima del IPC + 0,50% ni disminuir por debajo del 0,25% de su cuantía del año anterior.





Buenas, actuamente me encuentro en jubilación parcial con 63 años, (acogido a la Ley antigua, mediante acuerdo registrado), hasta el año pasado 2020 los que estabamos en el mencionado acuerdo se han estado acogiendo a la jubilación especial a los 64 años, jubilando sin penalización. Actualmente 2021, nos dicen que no podemos acogernos a dicha jubilación especial.
La pregunta es si es cierto que dicha jubilación especial ha desaparecido en 2021, para dicho colectivo.
Gracias
Nahiz eta dokumentu ofizialetan ez irakurri, uste dut egon badagoela itzalpeko Kotizazioa. Horren arabera, María 61 urterekin jubilatuko litzakete. Badaukazue argitzerik?
Muy buena información, muy bien explicado. Recomiendo a tod@s los compañer@s que estén en fechas con posibilidades de jubilarse, lo hagan, porque visto lo visto cada vez hay que cotizar más años, jubilarse más tarde y cobrar menos.Es mi opinión.