Muchos trabajadores/as nos preguntan si el 31 de diciembre del 2018 desaparece el contrato de relevo. La respuesta es NO, aunque si varían las condiciones que estaban vigentes hasta ahora. Os ponemos un resumen sencillo de las nuevas condiciones.
A partir del 1 de enero del 2019 todo el que quiera acogerse a un contrato de relevo tendrá que cumplir las siguientes condiciones:
Requisitos del jubilado parcial
- Tener cumplidas las edades del siguiente cuadro:

- Cotización mínima de 33 años.
- Antigüedad mínima en la empresa de 6 años inmediatamente anteriores.
- Reducción de la jornada laboral entre un 25% y un 50% como máximo. Si al relevista se le hiciera un contrato indefinido la reducción de jornada sería del 75%.
Requisitos del relevista
- Duración del contrato temporal o indefinido. En caso de que sea indefinido tendrá una duración igual al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación más dos años.
- La duración de la jornada deberá ser, como mínimo, igual a la reducción de jornada acordada por el jubilado parcial.
- El relevista deberá estar en situación de desempleo o tener concertado con la empresa un contrato de duración determinada.
Resumiendo, todo aquel trabajador o trabajadora que quiera acogerse a un contrato de relevo a partir del 1 de enero del 2019 tendrá que esperar más tiempo para acceder a él, tendrá que tener más años cotizados y su jornada laboral se verá incrementada hasta el 50%.
Visto el interés que ha creado este artículo que pusimos hace algún tiempo, queríamos dar las gracias por todos vuestros comentarios. Pero también queríamos hacer una aclaración:
Nosotros no somos el Sindicato LAB, sino su representación como una Sección Sindical en una empresa privada. Con esto queremos decir que este blog es meramente informativo y, aunque intentamos dar una respuesta correcta a todos vuestros comentarios e informarnos en el Sindicato para que así sea, nuestros conocimientos no son los de una asesoría laboral. Deberíais tomar este blog como lo que es y que, aunque nuestras respuestas os sirvan, sería también conveniente informarse tanto en la Seguridad Social como en vuestra empresa.
Eskerrik asko.

Si me jubilo con 64 años que me queda de jubilación con 40 años cotizados
Hemos comentado muchas veces que no hacemos cálculos de pensiones y mas sin tener ningún dato. Para eso lo mejor es acudir a una oficina de la Seguridad Social a hacer una simulación en su página web.
Buenas tardes,
tengo 63 años y 5 meses , con 35 años justo cotizados, puedo acogerme con contrato de relevo por parte de la Empresa a la jubilación parcial?
gracias
Hola soy trabajador a jornada parcial tengo 61 años cuánto tiempo antes tengo que pasar a jornada completa para que pueda hacer el contrato relevo jubilación parcial s ?
Necesitas un mínimo de 6 años de antiguedad en la empresa. Todo depende de si cuando pases a jornada completa la empresa te mantiene la antiguedad que ya tengas.
Buenos días:
Tengo a fecha de hoy 35 años cotizados. Mi fecha de nacimiento es el 15 de marzo de 1959. Me gustaría saber si me puedo acoger al contrato de relevo. Soy socio cooperativista de un centro de enseñanza de Murcia. Las cooperativas de enseñanza tienen un acuerdo con la consejería de educación.
En que fecha me puedo prejubilar por contrato de relevo. Este año 2021 no he podido porque solo tenia 34 años y cinco meses; y no me han admitido el tiempo de servicio militar.
Un saludo esperando su respuesta
Buenas tardes. Sentimo no poder ayudarte pero, como hemos comentado alguna vez, nosotros no somos el sindicato sino una sección en una empresa privada y por tanto nuestros conocimientos no son tan amplios como para conocer los convenios que tienen ciertas comunidades con algunos sectores. Podemos decirte que en el ámbito general son, como tu dices, 35 años cotizados y tener cumplidos 62 años en este año.
Hola voy a firmar un contrato relevo y me gustaría saber como está el tema a dia de hoy
La empresa me ofrece el 75 &25 %y tengo algunas dudas
El 25 % que me toca cuando me toque trabajar me puede meter en erte
Y cuando no esté currando ese 25 % que me tiene que pagar me lo paga la empresa o el sepe si estoy en erte
Hola,
en marzo del 2021 cumplí 62 años y quiero negociar con la empresa una jubilación parcial con una reducción de jornada del 75% y tengo varias dudas.
1. si hoy se cambia mi contrato de jornada completa a parcial de reducción del 75% y hasta que la seguridad lo apruebe, quien me pagaría ese 75 % hasta la validación de la seguridad social.
2. El 75% que me pagaría la seguridad social seria sobre mi ultimas nominas o sobre la base reguladora de los últimos 25 años.
3. que requisitos son necesarios tanto míos como de la persona de relevo para que yo pueda coger una reducción del 75%.
4. a la hora de mi jubilación ordinaria a los 65 años (llevo cotizados 45 años) me quedara el máximo si base reguladora supera los 39000 euros? tendré alguna personalización? cuanto me quedaría de pensión?
Gracias,
Como ya comentamos en la información que damos nosotros no somos un Sindicato. Somos una sección sindical en una empresa privada y por tanto nuestros conocimientos son hasta cierto punto limitados. Por eso, como decimos, este blog es meramente informativo y hay preguntas como las que usted nos hace que sería mas conveniente tratarlo directamente con la Seguridad Social o con una asesoria laboral.
Este artículo tiene a confusiones. No se dice nada de si el trabajador tiene que trabajar en en taller o en oficinas. Cualquiera que lo lea se puede hacer falsas ilusiones.
Este es el contrato de relevo general como queda a partir de 1 de enero de 2019. Igual te refieres a este:
http://www.lablimpiezabilbao.com/nueva-modalidad-contrato-de-relevo/
¿ PUEDO COMPLETAR CON LOS 12 MESES DE MILI EL TIEMPO DE COTIZACIÓN QUE SE REQUIERE PARA EL CONTRATO RELEVO ?
Si, con un máximo de un año.
En la entrada en vigor de mi contrato relevo se me calculó los 24 años desde la firma de dicho contrato PREGUNTA los tres años que faltan para mi jubilación TOTAL podrán contar para aumentar mi pensión o se quedará como se calculo en la firma del contrato relevo 13 /3/2021
El cálculo se realiza 24 años desde la edad de jubilación real, por tanto esos 3 años del contrato de relevo si que deben computar.
Para calculo de días a trabajar con contrato relevo 75% teniendo un año de penosidad .se calculan ahasta los 65 años o se tiene en cuenta la penosidad con lo cual el calculo seria a los 64.Gracias
BUENAS TARDES HASTA ABRIL DEL 2025 NO HAGO LOS 33 AÑOS DE COTIZACION (SOY MEDICO Y EMPEZAMOS TARDE A COTIZAR). sEGUN LA TABLA NO PODRIA ACOGERME AL PARCIAL HASTA EL AÑO 2026? hOY TENGO 59 AÑOS (CUMPLIDOS EN mARZO DE 2021)
mUCHAS GRACIAS
Eso es, cuando cumpla 64 años y 8 meses que es lo que se pide para ese año.
En mayo cumplo 62 años, estoy a jornada de 35 horas semanales. los años de cotización ya los tengo. me puede corresponder el contrato relevo?. y me gustaría saber cuantas horas semanales tendría que trabajar el relevista. podría trabajar mitad de jornada?
A partir de entonces y acogiéndome al 50% hasta que fecha tendría que trabajar? y me quedaría todo el sueldo?
Gracias
Por supuesto se puede acoger al contrato de relevo, siempre que sea de mutuo acuerdo con la empresa o así lo recoja su convenio. El relevista deberá trabajar la jornada completa los seis meses al año que le correspondan. La edad de finalización del contrato de relevo son los 65 años que sería la edad de jublación ordinaria que la correspondería. En cuanto al tema económico es mejor que se ponga en contacto con la Seguridad Social para que la informen adecuadamente.
Mi consulta es la siguiente, quisiera acogerse a la jubilación parcial con contrato relevo, cumplo 62 años en septiembre tengo 34 años y seis meses cotizados, desde la seguridad social me dicen que me hacen falta 35 años y tres meses, el servicio militar en este caso me computadora?? Un saludo.
Si computa.
Tengo 61 años y medio. Llevo cotizando 47 años…..cuando puedo jubilarme?
Puedo solicitar contrato relevo? y cuanto tengo que trabajar parcialmente?
Su jubilación ordinaria sería con 65 años, anticipada voluntaria con 63 años pero una pérdida del 13% de su base reguladora. Se podría acoger al contrato de relevo con 62 años que es lo que marca para el año 20201 y su reducción de jornada sería entre un 50% ó un 75% dependiendo del tipo de contrato (eventual ó indefinido) que la empresa haga al relevista.
hola buenas tardes, este año 2021 en octubre cumplo 61 años con 46 años cotizados, cuando podria acogerme al contrato de relevo, trabajo en el metal
Si se considera empresa manufacturera se podrá jubilar en octubre, al cumplir 61 años. Sino tendrá que esperar al año 2022 y sería con 62 años y dos meses.
Trabajo en empresa con convenio c, relevo puedo acogerme siendo carretillero? Gracias
Si lo dice el convenio por supuesto que si y sino debería ser de mutua acuerdo con la empresa.
Este año 2021 cumplo 62 años en Marzo ,tengo cotizados 47 años ,en la empresa llevo 12 años .
Puedo prejubilarme con un contrato de relevo ?
De ser así cuándo sería .
Gracias , saludos
Si hay un acuerdo mutuo o así lo dice el convenio se podrá jubilar al cumplir los 62 años.
Cuántos días tengo que trabajar después de los 61 si en mi empresa está en vigor el contrato relevo?
Tengo cotizados 43 años, muchas gracias
Solo se pueden acoger al contrato de relevo con 61 años las empresas manufactureras y en ese caso se debería trabajar 3 meses al año. Sino es así se tendría que esperar, para el año 2021, hasta cumplir los 62 años y serían 6 meses los que se trabajaría al año.
nací en el 60 y tengo 60 años, 45 cotizados a día de hoy ¿puedo jubilarme con contrato de relevo cuando cumpla los 61?
Si es una empresa manufacturera si, sino para este año 2021 se exige tener 62 años para poder acogerse a esta modalidad de contrato.
Me puedo ?? prejubilan con contrato relevo con 62 años de edad y 41 ,4, más el de la mili un año más de cotizado por un contrato de relevo por unan empresa manufacturera y Eda clase de contrato ,, cotizaría la empresa ?? Por mi ,, mi pregunta ,es ?? Cuantos días me ?? Tocaría recuperar Ami!! Una vez , al año ?? Siempre que llegue a un acuerdo con la empresa gracias soy Jesús calvo walias de Salamanca y mi correo es jesuscw2015@gemeil.com gracias 🙏🏻
Las empresas cotizan por todos los trabajadores que se acogen al contrato de relevo. Si el contrato de relevo es de una empresa manufacturera la reducción de jornada sería del 75% y sino sería del 50% (es decir que se trabajaría 3 o 6 meses al año). Se puede hacer de forma continuada siempre que la empresa acceda a ello.
Parece ser que por las tablas podre acogerme a la jubilacion parcial por contrato relevo el 25 de Julio de 2021 al 50%.
He mirado en internet mi jubilación ordinaria y me corresponde el 6 de Julio de 2024. Entiendo que si tras el contrato acuerdo trabajar todo el tiempo seguido podre irme a mi casa en enero del 2023. ¿Es correcto?
Si se llega a un acuerdo de trabajar ese 50% que corresponde de forma continua, transcurrido ese tiempo se podrá jubilar definitivamente.
Es obligatorio comunicar por escrito el deseo de acogerse al contrato relevo?
Es lo mas correcto, aunque dependerá de cada empresa y la relación que tenga el trabajador o trabajadora.
Buenos días:
Llevo jubilado parcialmente con contrato de relevo al 50% tres meses y he solicitado a la empresa ampliarla al 75%, lógicamente ampliando la jornada del relevista del 50% al 100% y haciéndolo fijo. Pero me dice la empresa que según la S.S. hay que esperar un año desde el acuerdo del 50%, para solicitarla y que la concedan (la S.S.). ¿Es cierto? ¿Hay que esperar un año? ¿O puede ampliarse reuniendo los requisitos y con acuerdo de la empresa, en cualquier momento?
Gracias
No nos consta que exista ninguna norma en la seguridad social que impida a la empresa modificar los porcentajes de jornada del prejubilado ni del relevista siempre que esos porcentajes estén dentro de los márgenes que marca la ley y este consensuado por las tres partes (empresa, prejubilado y relevista).
Buenos días tengo 62 años cumplidos, llevo 41 años y seis meses cotizados en régimen general. Trabajo en el ramo de servicios en comercio¿Puedo obligar o aconsejar a la empresa a que me prejubile con relevista para la creación de empleo?. estoy en condiciones de optar a mi prejubilación parcial. Que derechos tengo ? no quiero perder ningún porcentaje de mi base de pensión, de tantos años cotizados. Agradecería vuestra información.
Gracias y un saludo
Desde luego se puede solicitar a la empresa que considere el contrato de relevo, pero tiene que ser algo consensuado. Por acogerse a un contrato de relevo no se pierde ningún derecho.
Buenas tardes, me gustaría que me resolviesen la siguiente duda:
Tengo un contrato de relevo por cuatro años, y me han comunicado que por una reforma de la ley del 2020, la persona prejubilada se va a poder jubilar un año antes, habiendo cumplido yo 3 años del contrato, por lo que me dicen que me harán un contrato de un solo año para completar esos cuatro años.
Me gustaría saber si es obligatorio firmar ese nuevo contrato de 1 año, o puedo exigir finalizar el contrato ya firmado o en vez de hacer un contrato de 1 año, firmar un contrato indefinido ya que llevo mas de 3 años en la misma empresa.
Gracias
Desconocemos que haya alguna reforma sobre el contrato de relevo. En principio la duración del contrato del relevista es hasta que la persona prejubilada tenga la edad exigida para la jubilación ordinaria, si eso ocurriera antes de cumplir esa edad la empresa tendría que ofrecer un contrato hasta que se cumpla esa condición. El firmar o no ese contrato es una decisión del tranbajador o trabajadora. En el caso del contrato de relevo no se puede exigir un contrato indefinido a los tres años ya que esa no es la finalidad de este tipo de contratos.
Hola, cumplo 62 años el 01/08/2020 y tengo 40 años cotizados. Soy profesora de ikastola.
Entiendo que entraria en el contrato relevo el 1 de junio, osea hoy. Mis preguntas son:
– Los meses de julio y agosto ( son vacaciones para mi, puesto que no acudo al trabajo) ¿ cómo los cobraria: 50% la empresa y 50% la Seguridad Social?
– ¿ Cuándo sería el último día que trabaje, si hago el 50% todo seguido? En jornadas completas.?
-¿ Cómo se cuenta el tiempo real que tengo que trabajar (el 50%) por minutos reales trabajados o por cómputo global incluyendo los días de vacaciones?
Muchas gracias de antemano.
Te pasamos los teléfonos de las sedes de LAB, seguro que pueden resolver tus dudas. Eskerrik asko.
https://www.lab.eus/es/lab-sindikatua/sedes?view=section
Hola.Soy una persona que llevo desde julio recuperando las horas del CONTRATO RELEVO terminaba el 24 de abril, pero con el estado de alarma por corona virus la empresa ha cerrado, me han dicho que tengo que hacer mas días.Mi pregunta es, ¿tengo que recuperar las horas del confinamiento antes de jubilarme?.
Necesitaríamos saber en que situación les ha dejado la empresa (ERTE, permiso retribuido recuperable)
Hola, estoy con permiso retribuido recuperable desde el 16 de Marzo.Gracias
En principio si la empresa no dice lo contrario, hacbría que recuperar esas horas.
cotizo por una base de 2077€ soy autónomo llevo 16 años de autónomo cumplo en breve 63 años puedo jubilarme con la parcial
El contrato de relevo no está disponible para los autónomos.
hola tambien tengo una duda si quiere el empresario podria hacer que la seguridad social pagara el 75% y el 25% la empresa
la citada me ha ofrecido un 50 por 50 a mi realmente no me interesa porque estaria hasta los 65 practicamente igual que puedo hacer para presionar a la empresa
Para que la reducción de jornada sea de un 75% el contrato del relevista debe ser indefinido. Si así lo decide la empresa entonces si que te aplicarían esa reducción.
hola tengo un dilema yo cumpli los 61 en el año 2019 concretamente en Octubre que mes me corresponderia el contrato de relevo
Para el año 2020 se piden 61 años y 10 meses para poder acogerse al contrato de relevo, por tanto podrás hacerlo en el mes de agosto.
Tengo 58 años cumplidos el 2019 y 35 años y 6 meses cotizados.
Trabajo en la empresa manufacturera en ofician. Cuando podría acceder al contrato de relevo.
Gracias
En el año 2023 ó 2024 dependiendo en que mes cumpla los años. El contrato de relevo a los 61 años en la empresa manufacturera solo se aplica a los trabajos que supongan esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación especializados de maquinaria y equipo industrial.
Aquí tiene la información: Contrato relevo en empresa manufacturera
Tengo 56 años y 33 años cotizados. En que año podré acogerme al contrato relevo?
Suponiendo que este año cumplas 57 años, podrías acogerte al contrato relevo en el 2025 ó 2026 dependiemdo en que mes los cumplas.
ten 60 años- cotizados 35 y ocho meses llevo en la empresa 13 años en el 2021 podría acogerme al contrato de relevo muy buena esta pagina
Sin ningún problema siempre que sea de mutuo acuerdo con la empresa o así lo indique tu convenio.
Tengo 57 años, soy discapacitado con un 35%, soy indefinido en la empresa y tengo 31 años cotizados mi pregunta es me puedo jubilar por relevo y que me tanto por cien me quedaría eskerrik asko
Hola.
Tengo un contrato relevo al 75% , jornada completa. El relevado se jubilaba el 28/12/2020, pero lo va a hacer el 27/12/2019………cuáles son mis nuevas condiciones u opciones?.
Gracias.
Deberían hacerte un nuevo contrato en los mismos términos por el tiempo restante.
Kaixo:
El 30 de noviembre del año 2020 cumplo los 61 años y 10 meses y tengo 34 años y 7 meses cotizados pero tengo el justificante de la mili para completar el periodo a los 35 años mínimos exigidos para poder acceder a la jubilación parcial por un contrato de relevo.
He ído a la seguridad social y me dicen que en este caso la mili no me complementa esos 5 meses que me faltan para llegar a los 35 años exigidos.
Es esto correcto?.
Estoy un poco liado con esto,si me pudiésemos aclarar el tema se lo agradecería un montón.
Muchas gracias
El servicio militar sólo computa en caso de jubilación anticipada voluntaria o involuntaria, y el contrato de relevo lo es. Esto es lo que dice la Seguridad Social en su página:
Período mínimo de cotización:
33 años de cotizaciones efectivas, sin que pueda tenerse en cuenta la parte proporcional de pagas extras. A estos exclusivos efectos, sólo se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de 1 año.
Y aquí tienes el enlace por si lo quieres imprimir y llevarlo a la SS para que te lo aclaren:
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28399/28426
Muchas gracias.
El caso es que sigo sin entender porque yo habiendo cotizado 34 años + 7 meses el 3 de noviembre del 2020 y teniendo en esa fecha los 61 años y 10 meses,me dicen que la mili no me complementa para poder acceder al contrato relevo(que con esa edad me piden mínimo 35 años cotizados) y me dan en la seguridad social de fecha de acceso al relevo en Julio del 2021,8 meses mas tarde,diciéndome que la mili en este caso, como sobrepaso los 33 años de cotizacion ya no me cuenta,me parece surrealista lo que me dijeron y quiero enterarme si realmente es así.
Gracias por su amabilidad al responderme.
A dia de hoy 6/11/2019 tengo 58 años , los 59 los cumplo en diciembre,y tengo cotizados 39 años y algunos meses,segun la tabla en el 2022/12/18 tendria 62 años y 42 años cotizados , eso quiere decir que tendria que jubilarme en febrero del 2023? se mantiene el contrato relevo?gracias
El contrato de relevo sigue estando activo. En el 2023 son necesarios tener 62 años y 4 meses por tanto no podría acogerse al contrato de relevo hasta abril de ese año.
buenas tardes,yo el dia 23 de octubre presente en la seguridad social,los papeles de la jubilacion parcial,mi pregunta es,cuando cobro mi primera paga de dicho organismo?muchas gracias
En mi colegio concertado un profesor de primaria y secundaria(primer ciclo) se jubila. Acceden dos relevistas. En diciembre se jubila definitivamente y sólo el relevo de secundaria coge las 25h(jornada completa) afectando a trabajadores de jornada parcial, para que éste consiga las 25h ¿Es esto legal? Gracias.
Nos resulta extraño que accedan dos relevistas cubriendo un contrato de relevo ya que debería ser un trabajador por otro. De todas formas la empresa podría haber decidido hacer el contrato como relevista al trabajador de jornada parcial con más antiguedad pero dado que no ha sido así el trabajador contratado tendría preferencia sobre los trabajadores de jornada parcial. Tendríamos que ver si esto está regulado en el convenio de la educación concertada.
cumplo 61 años en junio del 2020 y tengo 40 años cotizados
trabajados 30 años como dependienta, fija a jornada completa, un año de paro y 9 años en limpieza como fija discontinua a jornada completa.
¿Puedo hacer un contrato relevo?
Con esa edad y esos años cotizados podrías acogerte al contrato de relevo siempre que exista un acuerdo con la empresa.
Hola p favor me podéis decir si te jubilas con 63 años procedente de un Ere también tienes quitas por no llegar a los 65 (en mi caso ya tengo cotizados más d 38,5 años.
Saludos y gracias por anticipado
Buenos días, al tener más de 33 años cotizados y por causa de un ERE, la jubilación sería anticipada y no se aplicaría ningún coeficiente reductor.
Buenos dias,existe algun modelo para solicitar el contrato de relevo,por escrito,a la empresa?.No me fio de comunicarlo de palabra,porque luego dicen que no lo he solicitado.Ya me pasó en febrero.
Dejamos en Descargas de esta web, para quien lo necesite, lo único que conocemos como modelo oficial.
muchas gracias,me referia a como solicitar en la empresa,que quiero acojerme al contrato de relevo.
Simplemente háblalo con la empresa.
Buenos días,
Ya he consultado con la Seguridad Social y cumplo los requisitos necesarios para acogerme a la jubilación parcial y la empresa no acepta concedérmelo, son ellos quien tienen la decisión final o yo puedo influir en la decisión?
Gracias por la respuesta.
Si el convenio no dice lo contrario la decisión de acogerse a un contrato de relevo tiene que ser de mutuo acuerdo entre trabajador/a y empresa.
En enero 2020 hago 61 años y en febrero 45 años cotizados a la seguridad social; mi empresa ha negociado la salida a los 61 años con un ERE extintivo, si cumplo los dos años de paro y me cojo la jubilacion parcial a los 63, con cuanto me penalizaria la seguridad social sobre mi pension, gracias.
¿Porque esperar a los 63 años?. Se podría acoger a la jubilación involuntaria a los 61 años ya que su contrato ha sido extinguido por un ERE. De esta forma le penalizarían con un 6% anual y si lo hace de forma voluntaria a los 63 años, la penalización sería de un 6,5% anual. Si cumple los requisitos se podrá jubilar con 61 años:
-Estar en Alta o en situación Asimilada al alta en la fecha de acceso.
-Tener cotizados al menos 33 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias. A estos exclusivos efectos, se podrá computar el servicio militar o prestación social sustitutoria, con el tope de un año.
-Que su contrato de trabajo se haya extinguido por el artículo 51 (ERE) o artículo 52 c) (despido objetivo por causas económicas,…) del ET. (Hay otras 4 causas menos frecuentes, ver Artículo 207 del TRLGSS)
-Permanecer o haber permanecido, inscrito como demandante de empleo durante, al menos seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de jubilación.
A un trabajador de un CENTRO ESPECIAL EMPLEO, con más de 6 años de antigüedad en la empresa y ahora indefinido, le ha surgido un problema a la hora de poder acogerse al contrato relevo, por que en su día, la empresa no le renovó el contrato eventual, estuvo unos días en el paro y poco después le volvieron a contratar .
A día de hoy, la S.S. no le reconoce la antigüedad de 6 años en la empresa justificandolo por la interrupción de esos días que estuvo el trabajador en el paro, y reconocerá los 6 años a partir de la fecha en la que nuevamente fue contratado por el CEE.
Es legal? cabe presentar demanda? Hay alguna sentencia favorable ?
Eskerrik asko
Sentimos no poder ayudar mucho en esto, te aconsejamos que te acerques al sindicato y hagas allí esta consulta. Por lo que nosotros sabemos la antiguedad debería reconocerse desde el primer contrato si ha existido una continuidad. Y si que hay sentencias favorables, por eso te aconsejamos que hagas la consulta en el sindicato ya que nosotros somos unas sección sindical de una empresa.
Hola, buenos días,
Soy profesor de un colegio concertado de Ferrol. Empecé en el curso 1981-82. Nací en 1959. Nunca trabajé en otra empresa.
Mi pregunta es: ¿Cuándo podré acogerme al relevo por contrato?
Un saludo y gracias
Manuel Picos
Depende de cuando cumplas los años. Para el 2020 se piden 61 años y 10 meses, así que si cumples esa edad dentro de ese año podras acogerte al contrato de relevo ese mismo año. Sino tendrías que esperar al 2021 cuando cumplas 62 años, siempre de mutuo acuerdo con la empresa.
el próximo mes de julio cumpliré 61 años y tengo 33años cotizados. Yo trabajo en la oficina, administrativa y el CNAE de nuestra empresa es 2561. Me han dicho que por no tener trabajo «manual» no puedo optar a la jubilación parcial con el contrato de relevo. Y, no se puede aplicar «el alto grado de atención» de alguna forma?. Muchas gracias
No puedes acceder al contrato de relevo en las condiciones que había hasta el 31 de diciembre del 2018 porque, como bien te han dicho, eso solo es aplicable ahora a la empresa manufacturera. Pero eso no quiere decir que no puedas acceder en las condiciones actuales. Tendrías que esperar al año 2020 cuando cumplas 61 años y 10 meses y siempre de mutuo acuerdo con la empresa.
Entonces, en las condiciones actuales no se me aplicaría el requisito de que mis funciones requieran esfuerzo físico ….? Cuáles son las condiciones actuales?, dónde lo puedo mirar?. Muchas gracias
Lo tienes en esta web, en el artículo donde estas haciendo los comentarios.
He cumplido 61 años el dia 6 de junio de 2019. ¿cuando puedo solicitar mi jubilación parcial con contrato de relevo? ¿ tengo que contar ocho meses, o si paso al 2020 tengo que contar diez meses?
El hecho causante es el momento de cumplir los 61 años o el momento de la jubilación?
Es en el momento de la jubilación. Este año sería a los 61 años y 8 meses y como no te da no podrías hacerlo. Por tanto tendrías que esperar al año 2020 que serían 61 años y 10 meses, es decir el 6 de abril de ese año.
Hola ,cumplo 61 años en Mayo,tengo cotizados 38 años y 7 meses cuando podre acogerme al contrato relevo?
Segun informacion de seguridad social son 61 años y 8 meses,pero los 8 meses los haria en Enero de 2020,cambio esto en algo o siguen siendo 61+ 8 meses
Muchas gracias
¿ Porque motivo harías los 8 meses en enero del 2020 ?
Si cumplo 61 años en Mayo,y en 2019 son 61+ 8 meses,a finales de año 2019 serian 61+ 7 meses ,y en Enero de 2020 haria los 8 meses,como ya me coge en otro año,no se si ya serian 61+10 meses
En el 2020 serían 61 años y 10 meses. Entendemos que se te aplicaría esto por acogerte al contrato de relevo en el año 2020, es decir que tendrías que esperar a marzo de ese año.
Muchas gracias,creo que lo haré voluntariamente,sin contar con la empresa,a pesar de la penalizacion.Gracias,haceis una gran labor en esta web.
Buenos dias.La empresa no me quiere prejubilar con contrato de relevo,ni en febrero que cumplí los 61 años,ni en octubre que tendré 61 años y 8 meses.Mi pregunta es:cuando podré jubilarme voluntariamente,sin necesidad de mutuo acuerdo con la empresa,y con la penalizacion correspondiente?.Tengo 38 años y medio cotizados, y trabajo para FCC,en una planta de biometanizacion, con toxicidad,penosidad y peligrosidad,Gracias.
Te podrás jubilar de forma voluntaria a los 63 años. Como para esa fecha tendrás cotizados más de 38 años y 6 meses pero menos de 41 años y 6 meses, te aplicarán una penalización de un 7,5 anual. Es decir que tu pensión se verá reducida un 15% sobre tu base reguladora.
HE CUMPLIDO 60 AÑOS EN FEBRERO DE 2019 Y TENGO 36 AÑOS COTIZADOS. EN QUE AÑO ME PUEDO ACOGER AL CONTRATO DE RELEVO?
En 2020 con 61 años y 10 meses.
Buenas tardes, muy buena la información de vuestro blog. Mi pregunta es si contara el tiempo de servicio militar (MILI) como tiempo de cotización para formalizar un contrato de relevo, yo estuve 12 meses aunque durante seis de ellos cobre el desempleo y por tanto cotice a la seguridad social, pero otros seis, no.
Tengo 57 años y 30 cotizados, según mis cuentas no podre acceder al contrato de relevo hasta el 2025 cunado tenga 36,3 años de cotización incluidos seis de Mili, seria asi?.
Muchas gracias.
Si
Cumplo 63 años en Abril. 33 años cotizados. Cumplo con todos los requisitos. Si la empresa contrata a un relevista jornada completa indefinido. ¿Qué tiene que pagarme a mi y al relevista? Mi jornada sería del 75 %. ¿Qué importe del salario y de la SS me subvencionan? y al nuevo trabajador, ¿lo paga todo la empresa? o iría subvencionado?? Es para proponerselo a la empresa a ver que me dice… gracias
Como ya hemos dicho otras veces preferimos no entrar en temas económicos para evitar posibles errores. Acercate a una delegación de la Seguridad Social y seguro que te solucionan todas estas dudas. Incluso la misma empresa podría ayudarte, coméntaselo.
Quisiera que me dijerais cual es el procedimiento a seguir para solicitar la jubilacion parcial por relevo, porque las versiones que me han dado en el INSS y en la Empresa son opuestas, cada una de ellas dice que el procedimiento lo tiene que iniciar la otra parte. Gracias
En realidad solo te haría falta comunicar a la empresa tu intención de acogerte al contrato de relevo y si esta está de acuerdo te lo deberían tramitar.
cuanto tiene que abonar la empresa y cuanto la seguridad social en el contrato relevo
Dependerá del tipo de contrato de relevo que le hagan al relevista. Puede ser desde un 50%-50% a un 25%-75% si al relevista le hacen indefinido o no.
Hola,en agosto de 2019 cumplo 60 años.Tengo cotizados 31 mas el servicio militar.Cuando podria acceder a la jubilacion parcial con contrato de relevo?
Haciendo unos cálculos aproximados creemos que tendrías que esperar al 2022.
hola tengo 54 años cumplidos en Febrero, y cotizados 30 años cuando podría solicitar la jubilación parcial y cuanto tiempo tendría que seguir trabajando si la empresa pusiera un contrato relevo. gracias
No te podemos responder a esto dado que como habrás comprobado todo cambia en muy poco tiempo y vista tu edad con más motivo.
Tengo 61 años y 42 cotizados por lo que en este año a finales de Junio puedo solicitar a la empresa para acogerme a la jubilación parcial con contrato relevo. Mi pregunta es: mi contrato es a tiempo completo, aunque en el momento actual tengo una reducción de jornada por cuidado de mayores. En este caso también podría acogerme a la jubilación parcial con contrato relevo?
Muchas gracias
Sentimos no poder ayudarte en esto. Acude a una delegación de la Seguridad Social que seguro te darán una respuesta.
El 23 de agosto del año pasado hice 61 años (soy del 57), en la empresa me dijeron que si me hacían en contrato relevo pero tenía que trabajar 6 meses más para acogerme dicho contrato. Cual ha sido mi sorpresa al decirles que el 23 de febrero ya se cumplen los 6 meses y me dicen que ahora son 8 meses en vez de 6. Porque estamos en 2019.
Mi pregunta es: Si yo hago los años en agosto (no de enero a junio) tengo que trabajar ocho meses, o me cuenta desde que yo he cumplido los 61.
Muchas gracias.
Hasta el año pasado se podía acceder al contrato de relevo con 61 años (no con 61 años y 6 meses), en ese caso deberías haber trabajado la parte proporcional del 23 de agosto a fin de año. No sabemos los motivos por los que la empresa no te lo hizo entonces (en agosto) ni porque no lo reclamaste así. Este año se necesitan 61 años y 8 meses así que cuando cumplas dicha edad deberían permitirte acceder a ese contrato.
Buenos dias, el dia 6 de mayo de este año, cumplo 61 años. Tengo ahora mismo 39 años cotizados. Podria acogerme al Plan de Jubilacion por Relevo?? Gracias
Para este año es necesario tener 61 años y 8 meses así que tendrías que esperar al 2020 cuando cumplas 61 años y 10 meses.
he leído q a partir del 1 enero de 2018 toda persona q quiera acogerse a la parcial reuniendo todos los requisitos q piden también tendrá q estar en un trabajo donde sus esfuerzos físicos sean de alto grado y me Rúa saber si la limpieza entra en este requisito . gracias
Es a partir del 1 de enero del 2019, y la limpieza no está incluida en esta ampliación del contrato de relevo.
buenas tardes tengo 64 años y me dicen en la comunidad de madrid que es donde trabajo que no me puedo jubilar con contrato de relevo porque soy personal laboral cobro cinco trienios
Que nosotros sepamos el contrato de relevo es igual para todas las comunidades.
Cuando digo comunidad me refiero a la agencia madrileña de atencion social AMAS y es que soy interino laboral indefinido
Tenemos nuestras dudas de que no puedas acceder a un contrato de relevo. Te aconsejamos que te acerques a una delegación de la Seguridad Social y expongas tu duda.
gracias
Cumplo 61 años en octubre de 2019. Tengo 43 cotizados
¿Cómo seria el contrato de relevo y hasta que edad me puedo acoger?
En el caso del sector de automoción ¿Cómo me afecta?
Si trabajas en el sector de automoción y tu profesión requiere un trabajo físico podrías acceder a un contrato de relevo a los 61 años.
Buenas tardes, tengo 62 años y 7 meses, a fecha de 1 de febrero del 2019 tengo 47 años cotizados 2 meses y 19 días, llevo en la empresa que trabajo cumplo los 6 años el 19 de noviembre, ¿ que opciones tengo para la prejubilación antes de la fecha de 19 de noviembre, si es que las hay.
saludos
Tendrías que esperar a cumplir los 6 años de antiguedad para poder acogerte a un contrato de relevo. A los 63 años podrías acceder a una jubilación anticipada voluntaria pero perderías un porcentaje de tu pensión.
Buenos dias. Si yo cumpli 61 el 15 de Diciembre 2018. ¿Tendria que trabajar 6 meses mas. No entiendo que tenga que ser 8 meses mas si los 61 los cumpli en el convenio 2018?. Gracias
Hasta el 31 de diciembre del 2018 podías acogerte al contrato de relevo con 61 años si tenías los suficientes años cotizados. Deberías haberlo hecho entonces, no entendemos porque has esperado hasta ahora.
Estoy pensando en la jubilación parcial . Tengo todos los requisitos y mi empresa está de acuerdo pero hasta el 15/08/2019 No cumplo los 61 y 8 meses.
Mi pregunta : tengo que comunicar a la empresa por escrito o vale de palabra. Gracias
En principio debería bastar con comunicarlo a la empresa de forma verbal.
hola
yo cumplo 61 años en Junio de este año y llevo 47 años cotizados cuando puedo acogerme al contrato relevo.
Y si me acojo al 75% y 25% estan sujeto a IRPF los dos o solamente el que corresponde a la seguridad social.
gracias
saludos
Tendrías que esperar a los 61 años y 10 meses. Deberían incluirse los dos en el IRPF.
Tengo 61 años cumplidos el 2-2-2019
La jubilacion parcial es a los 61 años y 8 meses por tanto me corresponde el 2 de octubre del 2019.
Puedo alargarlo hasta el 31 de diciembre del 2019, o tambien alargarlo el 1 de enero del 2010
No supone ningún problema.
El dia 12 de septiembre de 1018, cumpli 61 años, tengo 41 años cotizados, trabajo en mantenimiento en una fabrica de piensos compuesto, mi preguntas serian:
¿Me puedo acoger a la jubilacion por relevo?,lo he comentado con la empresa y estan de acuerdo y van a contratar a un relevista con contrato fijo.
De ser posible ¿cuanto tiempo tendria que trabajar?¿ seria posible hacer ese tiempo todo seguido?. de ser posible ,¿La Seguridad social pagaria su parte proporcional de jubilacion y la empresa me pragaria el sueldo y me cotizaria el 100×100 durante ese tiempo, y al terminar el tiempo de trabajo necesario me quedaria cobrando solo la parte proporcional de la Seguridd Social hasta cumplir los 65 en donde accederia a la pension completa,es asi?
¿La parte proporcional que paga la seguridad social , es sobre la pension comlpeta que recibiria a los 65 años , o esta penalizada por tener solo 61?
Al llegar el tiempo de derecho a la pension comlpeta esta seriade la misma cuantia que si me jubilara de forma normal con 65 años o tendria alguna penalizacion?
Reciban un cordial saludo,
Por supuesto que puedes acogerte al contrato de relevo, es mas lo debías haber hecho en septiembre cuando cumpliste los 61 años. En este momento el contrato de relevo solo se aplica en las mismas condiciones que había hasta el 31 de diciembre del 2018 si trabajas en una empresa de manufactura y si el trabajo realizado es fsico. Si es tu caso, y al relevista le hacen un contrato indefinido, tu porcentaje de jornada a trabajar sería del 15% anual. El hacerlo o no todo seguido depende de la empresa.
En cuanto a temas económicos preferimos no entrar y que acudas a una delegación de la Seguridad Social que te podrán solucionar esas dudas mejor que nosotros. Lo que si podemos decirte es que no hay ninguna penalización por acogerte a un contrato de relevo.
en octubre 2020 cumplo 61 años 44años cotizados cuando puedo cojerme al contrato relevo
Tendrías que esperar a octubre del 2021 cuando cumplas 62 años.
Tengo 59años cuando puedo acogerse a jubilacion parcial con 37 años cotizados.
¿Acabas de hacer 59 o haces 60 este año?
ya me han comunicado, que las plantas de biometanizacion,no son industria manufacturera.Entonces para solicitar el contrato de relevo,tengo que esperar hasta los 61 años y 8 meses?.cumplo 61 en febrero,en octubre podre hacerlo de mutuo acuerdo con la empresa?.Gracias.
Así es.
Cuanto tiempo tardan en conceder la jubilación desde el momento que se solicita?
Mejor pregunta en la Seguridad Social.
Las plantas de biometanizacion,son industria manufacturera?.
Si entendemos los residuos orgánicos como materia prima podríamos decir que si, ya que una empresa manufacturera es la que transforma una materia prima en productos terminados para su empleo.
incluso si de los residuos organicos,se extrae materia prima como el biogas,y este se transforma en electricidad,podriamos hablar de industria manufacturera?.Muchas gracias por todo.
Yo entiendo que si, pero es una opinión personal. Tendrías que consultarlo.
muchas gracias
Tento 62 años y seus meses y al ir a informarme a rr.hh de mi empresa sobre el contrari de televisió me indicant que al ser técnico comercial de empresa siderometalúrgica a partir de 1/1/19 no me quedo acoger, és sólo pa personal de fabricació. És cierto. No me veo hasta l’ós 65 años conduciendo y visita el clientes.
Gracias
Si, la nueva modalidad de contrato de relevo para industria y comercio, sólo se aplica al personal con tareas que requieren esfuerzo físico. De todas formas con la edad que tienes (si tienes los años cotizados necesarios) te puedes acoger al contrato de relevo pero con la modalidad para el resto de actividades, es decir tendrías que trabajar el 50% de la jornada entre otras cosas. Coméntalo con la empresa a ver que te dicen.
Hola,
yo cumplo este año en Junio los 61 años cuantos meses mas tengo que esperar para poderme acoger a la jubilacion con contrato relevo.
Llevo mas de 35 años cotizados
gracias
Saludos
En 2019 son necesarios tener cumplidos 61 años y 8 meses, por tanro tendrás que esperar al 2020 cuando cumplas 61 años y 10 meses.
Los fijos descontinuos entran en esa tabla
No, solamente indefinido y a jornada completa.
Buenos días, mi pregunta es la siguiente. Para acogerme a la prejubilacion lo puedo hacer directamente con la seguridad social o tenemos que firmar con la empresa un convenio regulador??????……. si es lo segundo que plazos hay para entrega en el inss. Gracias
Para acogerte a la prejubilación por contrato de relevo hay que hacerlo de manera consensuada con la empresa.
hOla soy Pepe tengo 56 anos y 6 meses me puedo acoger al contrato relevo
Cuando cumplas la edad requerida y de acuerdo con la empresa no tiene que haber problema.
En marzo del 2019 cumplo 61 años actualmente tengo 46 años cotizados puedo acogerme a la jubilación de relevos ?
Sin ningún problema, siempre que exista un acuerdo con la empresa.
Cumplo 61 años en enero 2019 y 36.6 años antiguedad en correos como laboral fijo.
Podría acogerme a un contrato relevo y cuando?
Parece que correos va a aprobar que haya contratos relevo
Podrías hacerlo con 61 años y 8 meses siempre que sea de mutuo acuerdo con la empresa.
En el 2020 me puedo jubilar con 61 años y 10 meses.
Jubilación con relevo.
Mi pregunta
¿Es a partir de cuando me jubile con los 61 años y 10 meses cuando tengo que trabajar en la empresa el 50% o 25% hasta que cumpla los 65?.
En todo caso ¿debo estar presente en mi trabajo diario hasta los 65?
Tendrias que trabajar el 50% y hasta los 65 años.
Tengo 60 años y cumplo 61 el próximo octubre de 2019. cotizados 43 años
¿Cuándo puedo jubilarme en este nuevo contrato de relevo?
en el 2020 con 61 años y 10 meses.
Mi primer contrato en la empresa fue el 09 / 2013
La antiguedad de 6 años inmediatamente anteriores requirida, ¿ha de ser continua? quiero decir ¿y si entre contrato y contrato hay prestacion por desempleo? ¿cuenta como antiguedad la fecha del primer contrato?
Y otra cuestion ¿está la empresa obligada a aceptar mi peticion de jubilacion parcial?
Gracias
Si hay una sucesión de contratos entre periodos cortos de tiempo debría existir esa continuidad. La empresa no está obligada a acceptar la petición del contrato de relevo, sino que tiene que ser de mutuo acuerdo.
Hola, me parece estupendo el trabajo y la ayuda que dais, yo quería confirmar que para mí, nacido en noviembre 1959 y 39 años cotizados a día de hoy, me corresponde jubilarme en el 2021 cuando cumpla los 62 exacto ni un mes mas, y tambien como se calcula la cuantía de la pensión que queda una vez jubilado parcial (osea cuantos años toman) y la empresa cuanto porcentaje sigue cotizando por mí a la Seguridad Social, y si el jubilado parcial tiene que cotizar a la Seg. Soc. y al IRPF.
Muchas gracias por vuestra amabilidad.
Saludos.
Buenas, como bien dices te corresponde acceder al contrato de relevo en el 2021. Te agradecemos el reconocimiento a nuestro trabajo pero en las demás preguntas no podemos ayudarte ya que, como hemos comentado otras veces, nosotros somos una Sección Sindical del sindicato LAB en una empresa privada y aunque intentamos daros respuesta a todas vuestras preguntas no queremos equivocarnos. Nuestro consejo es que te acerques a una oficina de la Seguridad Social para que te aclaren todas tus dudas.
Tengo 58 años y 42 años cotizados. Cuando podré acceder a la jubilación con relevo?
2022, con 62 años y 2 meses.
Hola Como estáis tengo 60 años y cumplo 61 en enero mi pregunta es ¿para acceder al contrato relevo tengo que pedirlo yo o es la empresa la que me lo tiene que ofrecer y segundo ¿al acogerme al contrato relevo sufriré alguna penalización por parte de la seguridad social o es como si me jubilara con la edad un saludo
Te puedes poner en contacto con la empresa y comentar que tienes intención de acogerte a un contrato de relevo. No sufres ningún tipo de penalización.
Hola .quiero preguntar soy funcionaria laboral tengo 60 año y 44 cotizados. Asta ahora se podían prejubilar con 61 años con contrato relevo podre yo en el 2019
A partir del 2019 será con 61 años y 8 meses y se irá ampliando en dos meses cada año.
cumplo 61 años en febrero de 2019,trabajo para fcc medio ambiente,tengo 37 años cotizados,llevo en la empresa con contrato indefinido 12 años,con la nueva ley de jubilacion parcial con contrato de relevo, podré acojerme a dicha ley?.Gracias
Esta nueva ley sólo incluye a los sectores de industria y comercio. Si que puedes acceder a un contrato de relevo, pero en tu caso se te aplicarán los cambios que entrarán en vigor el 1/1/2019.
Entonces ahora, con la nueva ley,mi prejubilacion es a los 61 años o alos 61 y 8 meses?.Y tiene que ser de mutuo acuerdo con la empresa,o puedo hacerlo por derecho propio.gracias
En el año 2109 será con 61 años y 8 meses y tiene que ser de mutuo acuerdo con la empresa.
Hola En mayo he hecho 60 años y tengo 46 años cotizados cuando podría acojerne al contrato relevo
En el 2020, con 61 años y 10 meses
muchas gracias por la informacion
para junio del 2019 tendre 62y4 meses
cuanto tengo que trabajar
quisiera plegar el 20 de diciembre del 2019
En el momento que formalices tu contrato de relevo tendrás que trabajar la parte correspondiente al 50% de tu jornada laboral desde ese día hasta fin de año.
Tengo 60 años, en junio cumplo 61. Cuando me puedo jubilar. Para solicitar el contrato de relevo la empresa debe estar de acuerdo o es un derecho que tengo como trabajador al que puedo acogerme.
Muchas gracias.
Podrás acceder a un contrato de relevo en el 2020, cuando cumplas 61 años y 10 meses, siempre que tengas los suficientes años cotizados. El contrato de relevo tiene que hacerse de mutuo acuerdo con la empresa.
La empresa en la que trabajo me va a proponer contrato de relevo en 2019 pero cumplo los 33 años de cotización el 1 de Septiembre. Para esa fecha tendré 62 años y 4 meses. Me puedo acoger al contrato de relevo?
Gracias
No vemos ningún impedimento.
Buenas tardes, cumplo en Marzo de 2019 59 años. Tengo cotizados en Alemania 15 años y en España 30 años, aun estoy en activo. ¿cuando podria jubilarme sin penalizacion? Y ¿cuando podria entrar en la modalidad de «contrato relevo». ¿Es necesario que la empresa este de acuerdo?
Gracias y un saludo
Podrías jubilarte con el 100% a los 65 años ya que para entonces tendrás mas años cotizados de los que exige la ley (para el 2025 son 38 años y 3 meses). En cuanto al contrato de relevo tendrías que esperar al 2022 cuando cumplas 62 años y dos meses. Y si, tiene que ser un acuerdo mutuo empresa-trabajador.
En primer lugar gracias por la respeuesta. Ahora tengo otra duda, visto que el gobierno ha aprobado (07/12/2018) la extension de las condiciones para las jubilaciones con contrato relevo.
Cito parafo:
«El gobierno ha facilitado el acceso a la jubilacion anticipada … : la edad minima queda establecido en los 62 años con 33años cotizados o 61 años y cotizaciones durante 34 años y seis meses.»
Parto de que los 15 años trabajado en Alemania se suman a los que actualmente de 29 años y medio tengo en España. En ese caso actualmente tengo mas de 44 años cotizados.
¿Es esto asi?
Gracias y un saludo
El Real Decreto-ley 20/2018, publicado este viernes dice que se mantendrán las condiciones vigentes hasta ahora (31/12/2018) pero sólo para el sector de la industria y el comercio quedando excluidos los demás sectores. Por tanto si perteneces a estos sectores estas en lo cierto.
Perdona aun me queda otra duda junto con un compañero.
Dentro del sector Industria del automovil estan excluidos los trabajadores con funciones administrativas o es para todo el colectivo del automovil? Mi funcion es administrativa dentro del sector del automovil.
Gracias
Un saludo
Todo el personal con funciones administrativas está excluido de este acuerdo.
Hola:
Tengo una duda, tengo 57 años y 41 cotizados. desde hace 10 años trabajo al 50% en dos Empresas de la misma compañia. cuando tenga la edad permitida podré acogerme a un Contrato de Relevo?
Para acceder a un contrato de relevo la jornada debe ser completa. Si trabajas en cada una al 50% entendemos que depende de la decisión que tome la empresa y si lo considera un todo al pertenecer a la misma compañia.
hola tengo 62 años, 46 años cotizados y llevo en la empresa mas de 7 años, me gustaría acogerme al contrato relevo con 75% de reducción de jornada, en caso de que al relevista le hagan un contrato indefinido y a 100% de jornada ¿Qué salario mínimo le deben pagar al relevista?
La base de cotización del relevista no podrá ser inferior al 65% del promedio de las bases de cotización de los seis últimos meses del jubilado parcial.
Hola, el próximo mes de noviembre cumplo 61 años, tengo 33 cotizados y una reducción de 9 meses en la edad legal de jubilación por el periodo que estuve navegando.
Cuando podría acogerme al contrato relevo?
Se mantendrían las condiciones para nacidos antes del 31/12/1957 por estar preinscrito al anterior plan?
Si se mantendrían las condiciones actuales, es decir podrías acceder a un contrato de relevo en noviembre cuando cumplas los 61 años.
Querìa saber si se mantiene la jubilaciòn parcial con 15 años cotizado como hasta ahora???Si a partir del primeto de, enero esa modalidad.la quitan
En principio no parece que haya ningún cambio.
para hacer un contrato de relevo,a partir del 1 de enero de 2019,tiene que querer la empresa o es un derecho del trabajador?,en febrero cumplo 61 años y tengo 37 años cotizados.
Tiene que ser un acuerdo mutuo
Soy de Junio de 1958, actualmente tengo 60 años, y una cotización de 42 años, si me acojo al sistema relevo mi jubilación parcial comienza a partir de Abril del 2020, entra una persona de mi parte y cumplidos los requisitos del contrato de relevo, hasta hay todos de acuerdo.
Mi pregunta es, y qué diferencia hay a partir de Enero de 2019 para la empresa en que me acoja al contrato relevo o decirme vete para casa que ya has trabajado muchos años. (que te haga esto una empresa es impensable)
Si con el contrato de relevo la empresa en el 2020 o 2021 tiene que cotizar por mi un 100% y además contratar a una persona cumpliendo unos requisitos, cual es la diferencia a que me diga vete para casa me hago cargo yo de tu cotización y además decido si entra alguien en sustitución tuya o no.
No se si estoy equivocado pero eso es lo que interpreto y la verdad que me gustaría estar equivocado.Parece que hay algún borrador del psoe que quieren relanzar el contrato de relevo, esperemos que así sea y tengan piedad de las personas que somos mayores para trabajar y jóvenes para jubilarnos.
perdón porque no tengo respuesta a mi pregunta del 5/102018 a las 9:49????
Porque mas que una pregunta parece una reflexión. Desconocemos cual es la diferencia y precisamente tu lo decias, que es impensable que una empresa haga esto. En cuanto a si hay un borrador del PSOE o de otro partido eso escapa a nuestra información.
Hola, buenas tardes. Reuno los requisitos para acogerme a la jubilación parcial (casi 40 años cotizados y 61 años en julio de 2019); el relevista entra con un contrato al 100%, por lo que me corresponde trabajar el 25%, pero ni los sindicatos de mi empresa ni el departamento de personal me aclaran si debo permanecer 61 años y 8 meses antes de empezar a descontar el 25% o 61 años y 10 meses. Según parece no está muy definido el tema a partir del 1 enero 2019. Si disponeis de información precisa, me gustaría saber cuánto tiempo real debo trabajar después de cumplidos los 61 años. Gracias.
En el 2019 se necesita tener cumplidos 61 años y 8 meses por tanto en ese año no podrías acceder a un contrato de relevo. Tendrías que esperar a mayo del 2020 que será cuando tengas los 61 años y 10 meses que se exigen ese año para poder acceder a ese contrato. A partir de esa fecha es cuando empieza ese 25% en la jornada laboral (en ese 2020 trabajarás el 25% de la parte correspondiente de mayo a diciembre).
Cumplo 61 años en abril del 2020, tengo 33 años y tres meses de cotización, puedo pedir la jubilación anticipada con contrato de relevo?
Podrías acogerte al contrato de relevo pero no a los 61 años y 10 meses ya que tendrías que tener 35 años como mínimo cotizados que son los que se piden para el año 2020..
Hola. en Marzo del 2020 tendre cumplidos los 61 años, tenemos en la empresa un contrato de relevo, tendre para entonces mas de 46 años cotizados, a que edad tendria que empezar a realizar el 25% de jornada laboral. Eskerrik asko.
El 25% sólo se realizará siempre y cuando al relevista le hagan un contrato indefinido (cosa poco habitual), sino sería del 50%. En el 2020 se exige tener cumplidos 61 años y 10 meses para poder acceder a un contrato de relevo. En tu caso por muy poco no llegas así que tendrías que esperar al 2021 cuando cumplas 62 años y a partir de ahí se empezaría a trabajar el porcentaje que corresponda al contrato de relevo.
Buenas tardes:
He cumplido 60 años en Julio. Tengo cotizados 39 años. Mi empresa me permite el acceso a la Jubilación Parcial cuando cumpla los 61 con un contrato del 100% al relevista. Me han dicho que ahora la proporción mínima de trabajo es el 25% ¿Cuánto tiempo he de trabajar desde el momento que cumpla los 61 años?
La proporción mínima de trabajo es del 25% siempre que al relevista se le haga un contrato indefinido, sino sería del 50%. Se debe trabajar ese porcentaje hasta el año que se cumplen los 65 años ya que esta sería la edad de jubilación que corresponde al tener mas de 38 años y 9 meses cotizados que son los que se exigen para el 2023, que será cuando cumplas esa edad.
estoy en otra comunidad Asturias en sanidad porque los contratos relevo que van a salir en 2019 no se pueden aplicar en estos hospitales?
El contrato de relevo no va a salir en 2019 sino que es el mismo que estaba estos años atras. Simplemente que se aplicó una prorroga de 5 años durante los cuales se mantenían las condiciones que teníamos hasta ahora. Desconocemos, como dices, porque en Asturias no se puede aplicar.Lo único que se nos ocurre es que la gerencia de esos hospitales no quiera realizar ese tipo de contrato y como ya sabes, tiene que ser un acuerdo mutua empresa-trabajador/a.
He nacido en Diciembre de 1958 y tengo mas de 33 años cotizados. Cuando puedo acogerme al contrato relevo?
En el 2019 se te pedirían 61 años y 8 meses así que tendrías que esperar al 2020 cuando tengas 61 años y 10 meses y siempre que tengas 35 años o más cotizados.
tengo 62 años y 40 cotizados a la SS. Soy fija discontinua (limpieza en un colegio). Y mi jornada laboral son 5 horas diarias de lunes a viernes..
Mi pregunta es: puedo solicitar el contrato relevo????
Muchas gracias
En estas condiciones no podrías acceder a un contrato de relevo.
Hola buenos dias , soy nacido en en mayo del 59 con 36 años cotizados y segun la tabla me perteneceria la jubilación con relevo al cumplir los 62 años ( en el 2021), mi pregunta es ¿ si cuando llegue a la los 62 y yo quisiera jubilarme con relevo y si la empresa no quisiera me podria jubilar ?
Tiene que ser un acuerdo mutuo.
Buenas tardes, también existe la posibilidad de que aunque la empresa no quiera, puede ser que en el Convenio Colectivo de su sector, venga recogida la obligacion de efectuar ese contrato de relevo por parte e la empresa?
Si lo refleja el Convenio desde luego hay que cumplirlo.
sí cumplo 61 años el 31 de diciembre del 2018 q normativa del contrato relevo me correspondiente? ? estoy trabajando desde 1977 osea + de 41 años cotizados
La normativa cambia el 1 de enero del 2019, por lo tanto se supone que ha fecha 31 de diciembre sigue vigente la actual.
No acabo de entender bien ,mi pregunta es :yo cumplo los 61 años el 16 del 6 del 2019 tengo cotizado 43 años y 4 meses ¿puedo hacer el contrato relevo ?trabajaria solo hasta que cumple los 61 años ¿cuado tengo que pedirselo a la empresa?
Poodrías acogerte al contrato de relevo pero no en el 2019 porque en ese año necesitarías tener 61 años y 8 meses, tendrías que esperar al 2020 cuando cumplas 61 años y 10 meses (16 de abril del 2020). Trabajarías hasta esa edad de forma normal y a partir de entonces tendrías que trabajar el 50% de tu jornada. Con la empresa te puedes poner en contacto y comentar que tienes intención de acogerte a un contrato de relevo, unos meses antes deberían bastar.
Buenos dias: En julio de este este año cumpli 59 años y tengo cotizados 41, por lo que veo me podre jubilar en 2021 con 62 años, el contrato de mi relevista seria indefinido, me podre jubilar con el 75% de la jornada
Exactamente, si al relevista le hacen un contrato indefinido (la duración de este contrato sería de 2 años más, una vez terminado el relevo) la jornada sería del 75%.
Hola
2019 ( 61 años y 8 meses)
Los papeles cuando se gestionan en SS tres meses antes de los 61 o tres meses antes que hagas los 8 meses de más
Gracias
3 meses antes de cumplir los 8 meses de mas.
Hola , este agosto cumplí 59 años y 40 anos cotizados , cuándo podré acceder a la jubilación parcial? Tendría que seguir haciendo el 50% de la jornada hasta cumplir los 65 anos?.Muchas gracias
Buenos dias, en el 2021 cuando cumplas 62 años podrías acceder a un contrato de relevo. En cuanto a trabajar el 50% de la jornada, puedes intentar llegar a un acuerdo con la empresa para poder hacer todo el tiempo restante seguido. Sino tendrías que trabajar ese 50% hasta la edad de jubilación.
He cumplido 60 en febrero 2018, 41 años cotizados, hasta 2010 con una empresa y desempleo, a partir noviembre/2011 con otra empresa, contrato por obra y servicios, luego contrato como relevista durante 5 años ( desde 2014 horas para completar la jornada) y hasta septiembre/2016, paso a indefinido ( todo con la misma empresa y con bajas y altas)
Me gustaría saber si con 61 y 8 meses me puedo acoger a jubilación parcial con relevo
Gracias
Tendrías que consultarlo con la empresa, porque depende de la continuidad que ellos consideren que ha existido. Si no has tenido interrupciones de larga duración puede ser que no te pongan ningún problema.
cuando se dice antigüedad en la empresa Seguidamente se a un contratoindefinido o a varios contratos por obra y servicio etc..
En principio si hay una continuidad se debería considerar la antiguedad desde el primer contrato, pero a veces no queda más remedio que pelear po ello. Pero para el contrato de relevo se habla de años cotizados (vida laboral), no importa si es en una o varias empresas.
Oscar saiz
En Mayo he cumplido 60 años tengo 43 años cotizados ,cuando podria jubilarme con el.contrato relevo cobrando el 100%
En el 2020 con 61 años y 10 meses. El tema económico mejor consúltalo con la empresa o la Seguridad Social, pero en principio acogerse a un contrato de relevo no debería perjudicar económicamente al trabajador.
En Mayo cumplí 60 años y tengo 39 años cotizados, cuando podría jubilarme con contrato de relevo.
Cuando cumplas 61 años y 8 meses, es decir en enero del 2020.
en enero del 2019 hago 59 años y 43 años cotizados, cuando me podre jubilar
Solamente tienes que mirar la tabla y comprobar que tendrías que esperar hasta marzo del 2022 cuando cumplirás 62 años y dos meses.
Hola,hago 61 años en septiembre con cuarenta años cotizados, si me acogo al contrato relevo cuando empezaría a disfrutarlo? Muchas gracias
En el 2020 podría acogerse al contrato de relevo cuando cumpla 61 años y 10 meses.
Hola, he cumplido 61años en marzo de 2018, con 40 años cotizados me voy a acoger a la jubilación anticipada. La persona que han contratado de relevo con carácter indefinido tiene contrato a partir de agosto de 2018. La duda es, hasta qué fecha según normativa tengo que estar trabajando? Tomo como referencia la fecha de mi 61 cumpleaños o la fecha del contrato de relevo?
Gracias!
Tendría que trabajar hasta el año que cumple los 65 años, trabajando este último los días que correspondan desde enero hasta marzo.
Me gustaría saber con cuanto tiempo de antelación debo de comunicar a la empresa y seguridad social que quiero acogerme al contrato relevo. Me toca acogerme a los 62 y 2 meses,soy del 60
No hay un tiempo estipulado, pero dado que tiene que ser de mutuo acuerdo conviene comunicar a la empresa con suficiente tiempo de antelación su intención de acogerse al contrato de relevo.
Hola
Yo cumplo todos los requisitos
Mi pregunta es q estoy a media jornada por cuidado de mi madre
Podría acogerme a una prejubilación?
Para acogerte a una prejubilación deberías estar contratad@ a jornada completa.
Tengo casi 55 años y algo más de 29 años de cotización. En un futuro podría acogerme a prejubilación con contrato de relevo? Cuándo podría ser? Muchas gracias
Se exige un mínimo de 33 años cotizados, por tanto dentro de 4 años deberías tener esos 33 exigidos y a partir de ahí solo deberías comprobar en la tabla que adjuntamos con que edad te podrías acoger al contrato de relevo.
Hola,
Tengo 58 años (hice en Feb) y 34 años cotizados.
¿Cuándo me podría jubilar con contrato relevo? ¿Qué % tendría que hacer?
Gracias
Si miramos en la tabla en el año 2022 cumplirías 62 años, así que en abril de ese año tendrías los 62 años y 2 meses exigidos y te podrías acoger al contrato de relevo. Suponemos que segirás cotizando porque necesitarías tener cotizados en ese año 35 años y 6 meses para poder hacerlo. En cuanto al porcentaje que deberás trabajar será del 50% de la jornada (es decir 6 meses al año) siempre que al relevista se le haga un contrato temporal.
Yo cumplo 60 el próximo 26/12/2018; tengo 38 años y 9 meses cotizados. Cuando podré acceder a la jubilación por contrato relevo?
En el 2020, con 61 años y 10 meses
Para el 2019..en abril,haria 61 años.y 38 cotizados..me puedo acoger al contrato relevo..y si es asi que condiciones..gracias
Por supuesto que puedes acogerte al contrato de relevo. Si miras en la tabla al año 2019 le corresponde la edad de 61 años y 8 meses, por tanto y dado que tienes suficientes años cotizados, te podrías acoger a este contrato a partir de diciembre de ese año. Las condiciones en cuanto al tiempo que debes trabajar serían de seis meses al año si al relevista le hacen un contrato temporal ( si fuera indefinido tendrías que trabajar 3 meses al año ). En cuanto a las condiciones económicas tendrías que informarte en tu empresa o en la Seguridad Social, ya que nosotros solo somos la Sección Sindical de una empresa y os podemos ayudar hasta donde sabemos y desde luego tampoco queremos cometer errores que puedan llevaros a equívocos.
Buenas tardes.
El próximo mes de abril cumplo 62 años y en tendré cotizado 34 años y 3meses, para una jubilación parcial con contrato de relevo necesitaría 35 y 3meses.
El año de mili sumaría a los 34 años para cumplir con los 35 años
Gracias
A efectos de cotización si que suma.
Tengo 57 años y 39 cotizados, conque edad me podria acoger al contrato relevo?. Gracias.
Se exige una cotización de al menos 33 años, que ya los superas con creces. Si miramos la tabla en el 2023 necesitarías tener cumplidos 62 años y 4 meses, entendemos que con esa edad te podrías acoger al contrato de relevo.
Tengo contrato relevo asta 13/3/2024 que cumplo 65 años y tendré 39 años y 11 meses cotizados para entonces tendré alguna penalización por faltar un mes para 40 años cotizados
Para el 2024 se exigen 38 años o mas cotizados para tener el 100% de la pensión. Por tanto entendemos que no debe haber ninguna penalización.
buenos días. tengo 62 años y un mes y tengo 41 años y seis mese cotizados me falta 2 años y 11 meses para los 65 años . ¿Puedo exigir a la empresa la jubilación anticipada con contrato de relevo? estoy de baja por el INSS por varias patologias fisicas, como linfedema bilateral en miembros inferiores, operado de menisco en dos ocasiones de la misma pierna, operado recientemente del túnel carpiano de la mano izquierda, hernia de hiato, alérgico a la lactosa y artrosis reumatoide. Por lo que me certificaron médicos que ante el linfedema crónico bilateral no debo permanecer con la bipedestación y deambulación continuada.
No se puede exigir a la empresa el acogerse a un contrato de relevo, tiene que ser de mutuo acuerdo a no ser que su convenio colectivo diga lo contrario.
Voy a solicitar mi jubilacion parcial a la empresa con contrato de relevo
Podriais ayudarme con el escrito formal con algún modelo o plantilla Gracias
No hay un formato normalizado para solicitar a la empresa un contrato de relevo. De todas formas hemos subido en la sección descargas de esta web un documento que puede servir.
Buenas, soy un trabajador de oficina. Ingenieria electrica, peteneciente a empresa manufacturera. Mi pregunta es si puedo acceder a la jubilacion parcial con contrato de relevo teniendo 61 años y mas de 33 años cotizados. Gracias
Los trabajos de oficina en principio no cumplen los requisitos que se exigen aunque sea empresa manufacturera. Le dejamos un enlace a nuestra web con la explicación.
http://www.lablimpiezabilbao.com/nueva-modalidad-contrato-de-relevo/
Cuando empezó el confinamiento me quedaban 3 meses, ahora estoy en un erte, cuando se salga del erte tengo q cumplir los tres meses q me quedaban.